Diccionario panhispánico del español jurídico

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vertedero

Amb. Instalación de eliminación que se destina al depósito de residuos en la superficie o bajo tierra.
Ley de Andalucía 7/2007, de 9-VII, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, art. 96; Ley 10/2008, de 3-XI, de Residuos de Galicia, art. 4; Ley 1/1999, de 29-I, de Residuos de Canarias, art. 4; Real Decreto 1481/2001, de 27-XII, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, art. 2.