Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

venta judicial de la prenda

Sublema de venta2
Merc.; Nic. Potestad de los bancos, vencido el plazo de un préstamo hecho con garantía prendaria, de pedir judicialmente la venta de la prenda para ser pagados con el producto de ella, salvo pacto en contrario.
Se procederá con lo establecido en el Código de Procedimiento Civil. Ley n.º 561, General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, art. 62.