venta en pública subasta Sublema de venta2 Gral. Venta de un bien a favor de quien ofrezca, mediante el sistema de pujas y dentro del plazo establecido, el precio más alto por encima de un mínimo.LEC, art. 643 y sigs , 655 y sigs.ArgentinaLey 17454, por la que se aprueba el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, publicada el 7-XI-1967ChileCódigo de Procedimiento Civil de Chile, promulgado el 28-VIII-1902ColombiaLey 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones, publicada en el Diario Oficial 48489, el 12-VII-2012.Costa RicaLey 7130, de 16-VII-1989, de Código Procesal Civil de Costa RicaCosta RicaLey 8687, de 4-XII-2008, de Notificaciones Judiciales, de Costa RicaMéxicoCódigo Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24-II-1943subasta públicaReferenciado desdesubasta públicaventa en liquidaciónventa en rebajas