Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

velada

desus. Hist. En el derecho común, dicho de una mujer: Que ha sido tapada con un velo durante la ceremonia del matrimonio, con referencia a que había contraído matrimonio solemne eclesiástico, en contraposición a otras formas de uniones de hecho, especialmente la barraganía.
«Otrosi dezimos que si alguno que ouiese muger a bendiçiones hiziese hijos en barragana biuiendo su muger que estos hijos atales non serian legitimos maguer despues se muriese la muger velada & casase con la barragana & esto es porque fueron hechos en adulterio» (P 4, 15, 2). «E fijodalgo es aquel que es nasçido de padre que es fijodalgo quier lo sea la madre quier no solo que sea muger velada o amigada que tenga conosçidamente por suya. Esto es porque antiguamente la nobleza ouo comienço en los varones. & por ende la heredaron los fijos dalgo. & no les enpesçe maguer la madre no sea fija dalgo» (P 7, 11, 1).