Diccionario panhispánico del español jurídico

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veedor de la chancelaria o veedor de la Cancillería

Sublema de veedor1
Hist. Oficio propio de la Administración central de la Corona de Portugal, cuya significación ha sido debatida por distintos autores, considerándose que pudo hacer las veces del canciller mayor, siendo su lugarteniente.
No obstante, para algunos autores, como Gama Barros, fue una denominación alternativa a la de canciller, por lo que uno y otro representaban el mismo cargo. Marcelo Caetano considera que en un período posterior pasa la denominación a designar a un nombramiento interino, en los períodos en los que el rey no quiere nombrar canciller. Pudo responder a los regentes de la Cancillería propios de Aragón.