Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

valor límite de emisión

Sublema de valor límite, valor
Amb. Cuantía de uno o más contaminantes en emisión que no debe sobrepasarse dentro de uno o varios períodos y condiciones determinados, con el fin de prevenir o reducir los efectos de la contaminación.
Ley 34/2007, de 15-XI, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, art. 3; Real Decreto 430/2004, de 12-III, por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión, y se fijan ciertas condiciones para el control de las emisiones a la atmósfera de las refinerías de petróleo, art. 3; Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales, art. 3; Ley de Cataluña 20/2009, de 4-XII, de Prevención y Control Ambiental de las Actividades, art. 4; Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, art. 4.2.j); Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, art. 3; Ley Foral 4/2005, de 22-III, de Intervención para la Protección Ambiental, anejo 1; Ley 11/2014, de 4-XII, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, art. 4; Ley de Andalucía 7/2007, de 9-VII, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, art. 52; Ley 37/2003, de 17-XI, del Ruido, art. 3; Ley de Andalucía 7/2007, de 9-VII, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, art. 68.