- valor de transmisión
- Fin. Valor de un determinado bien o derecho cuando se produce una alteración en la composición del patrimonio de una persona física o jurídica que, a efectos de la determinación de una ganancia o pérdida, estará formado por la suma del importe real por el que dicha transmisión se hubiese efectuado y los gastos y tributos inherentes a la misma, entendiendo por importe real el efectivamente satisfecho, siempre que no resulte inferior al normal de mercado, en cuyo caso prevalecerá este.
LIRPF, art. 35.1.
Sublema de valor