Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vado

Adm. Zona de la vía pública señalizada como tal y destinada a la entrada y salida de vehículos y carruajes de los locales y garajes, que constituye un aprovechamiento especial del dominio público local por el que las entidades locales pueden establecer una tasa.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, art. 20.3.h).