Esta causa de expropiación se mantiene en la legislación vigente.
LEF, arts. 1 y
10-12. El alegato que el diputado Fleix formula en el debate sobre la primera Ley de Expropiación Forzosa argumentó: «
Todas las naciones cultas de Europa han considerado como principio fundamental el respetar la propiedad particular, pero como el bien general o común es superior al individual, han atribuido a los gobiernos la facultad de poder obligar a su dueño a que ceda o enajene por causa de utilidad pública procediendo justa indemnización: sin esta sería atacar uno de los derechos del hombre. Apenas encontrará constitución política ni código civil en que no se halle consignada semejante verdad».