uso de secreto e información privilegiada con grave daño para la causa pública o para tercero Sublema de uso2 Pen. Circunstancia que agrava la pena en el delito de uso e información privilegiada cuando se produce un perjuicio importante para el correcto funcionamiento de la Administración pública o cuando perjudica seriamente a un tercero.CP, art. 418. ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931uso de razónuso de secreto e información privilegiada por parte de funcionario