Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

uso de la fuerza

Sublema de uso2
Int. púb. Empleo de medidas de carácter armado por parte de un Estado, prohibido por la Carta de las Naciones Unidas, salvo en ejercicio del derecho de legítima defensa o en aplicación de las medidas coercitivas autorizadas por el Consejo de Seguridad conforme al capítulo VII de la misma.
«Los miembros de la organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas» (Carta NN. UU, art. 2.4). La prohibición del uso de la fuerza es «la piedra angular de la Carta de las Naciones Unidas» (SCIJ, 19-XII-2005, Actividades armadas en el territorio del Congo).

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Sublemas