Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

urbanismo

Adm. Conjunto de disciplinas relativas al estudio de los asentamientos humanos y sus necesidades de cara a su desarrollo e intervención.
«El urbanismo, como sector material susceptible de atribución competencial, alude a la disciplina jurídica del hecho social o colectivo de los asentamientos de población en el espacio físico, lo que, en el plano jurídico, se traduce en la 'ordenación urbanística', como objeto normativo de las leyes urbanísticas» (STC, Pleno, de 14-XII-2017, rec. 5493/2013).