Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

unificación de la pena

Pen. y Proc.; Arg. Situación que se produce cuando, después de una condena pronunciada por sentencia firme, se debe juzgar a la misma persona que está cumpliendo pena por otro hecho distinto, o cuando se dictan dos o más sentencias firmes con violación de dichas reglas, y el juez que ha aplicado la pena mayor debe dictar su única sentencia.
Código Penal de la Nación, art. 58; Código Procesal Penal Federal de la Nación, art. 377.