Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

tráfico

1. Adm. Tránsito o circulación de vehículos, personas y animales por las vías y terrenos de utilización general.
TRLTSV, art. 1.
2. Adm. Título competencial cuyo núcleo fundamental está conformado por las actividades públicas relativas a la ordenación del desplazamiento o circulación por las vías públicas de vehículos, peatones y animales. También incluye aquellas actividades que tienden a garantizar de forma directa e inmediata la seguridad vial, como es el caso del uso del tacógrafo en los transportes o la determinación de los requisitos de los vehículos destinados a garantizar la seguridad del tráfico.
SSTC 59/1985, 181/1992, 203/1992 y 118/1996. La CE, art. 149.1.21.ª , atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

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