Diccionario panhispánico del español jurídico

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Tribunal Supremo (TS)

Sublema de tribunal
Gral. Órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales, con jurisdicción en toda España y sede en la villa de Madrid. Está integrado por cinco salas: Primera, de lo Civil; Segunda, de lo Penal; Tercera, de lo Contencioso-Administrativo; Cuarta, de lo Social; y Quinta, de lo Militar.
CE, art. 123. LOPJ, arts. 53-61 . «Hecha la anterior precisión, esta Sala, al haberse anulado totalmente su sentencia, debe dictar otra ateniéndose a lo resuelto por la sentencia del Tribunal Constitucional, conforme al art. 123.1 de la Constitución , que declara que el Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales, y al art. 5.1 LOPJ , que impone a los jueces y tribunales interpretar y aplicar “las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos» (STS, 1.ª, 15-X-2014, rec. 562/2014).

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