Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

tribunal interdiocesano

Sublema de tribunal
Can. Tribunal constituido de común acuerdo por varios obispos de distintas diócesis, con la aprobación del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica, como tribunal único de primera instancia para sus diócesis (CIC, c. 1423).
Pueden ser erigidos para todas las causas o solo para algunas de ellas. Cuando se establece un tribunal interdiocesano, la Conferencia Episcopal debe establecer un tribunal de segunda instancia con aprobación de la Signatura Apostólica, a no ser que todas las diócesis sean sufragáneas de la misma archidiócesis, en cuyo caso el tribunal de apelación es el metropolitano (c. 1439 § 1). La Conferencia Episcopal o un obispo designado por ella tienen sobre el tribunal interdiocesano todas las competencias que competen al obispo diocesano sobre un tribunal diocesano.