- tribunal diocesano
- Can. Órgano judicial de la circunscripción eclesiástica llamada diócesis.Se dice del tribunal que debe constituir cada obispo en su diócesis a tenor de lo establecido en el c. 22 § 3 Dignitas connubii. La transmisión de la función judicial a los vicarios y jueces no supone que el obispo pierda la potestad judicial. Por ello, tiene la facultad de reserva prevista en el CIC, c. 1420 § 2.
Sublema de tribunal