Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Tribunal de Cuentas de la República Oriental de Uruguay

Sublema de tribunal
Contr. ext.; Ur. Entidad de Estado que, con autonomía técnica, orgánica y funcional, ejerce el control de la Hacienda pública, y para ello le compete dictaminar e informar en materia de presupuesto, intervenir previamente en los gastos y los pagos, dictaminar e informar respecto de la rendición de cuentas y gestiones de los órganos del Estado, intervenir en todo lo relativo a la gestión financiera de los órganos del Estado y dictar las ordenanzas de contabilidad.