Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

tomador del seguro

Sublema de tomador
Civ. y Merc. Persona que estipula el contrato de seguro y firma la póliza, asumiendo las obligaciones que esta le impone, fundamentalmente el pago de la prima.
Si el tomador del seguro y el asegurado son personas distintas, las obligaciones y los deberes que derivan del contrato corresponden al tomador del seguro, salvo aquellos que por su naturaleza deban ser cumplidos por el asegurado. No obstante, el asegurador no podrá rechazar el cumplimiento por parte del asegurado de las obligaciones y deberes que correspondan al tomador del seguro. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, art. 7.