Diccionario panhispánico del español jurídico

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toma

1. Pen.; Chile Acto unilateral de una o más personas que impiden el acceso a un lugar público o privado, arguyendo razones políticas, sociales o similares.
No cabe confundir la toma, un acto de fuerza, con la «licitud de la protesta social». La protesta social «puede ser relevante para generar debates en la opinión pública». Como se ha apuntado desde la filosofía política, la democracia representativa presupone una relación estrecha entre las instituciones formales de toma de decisión, como el Parlamento, y los espacios informales de formación de la opinión. La legitimidad de los primeros, de hecho, depende de qué tan abiertos se muestran a ser permeados por la opinión pública. La protesta es, en este contexto, uno de los medios –y para algunos y algunas, el único medio disponible– a través del cual la ciudadanía concurre a la formación de la opinión pública frente a la cual, luego, el Estado y sus instituciones responden. Lovera Parmo, Domingo: «Toma de colegios (y protestas): comentario de la sentencia de la CSCh, rol n.° 23 540-2014, 4 de noviembre de 2014», en Revista de Derecho, n.º 22(1), Coquimbo, 2015, págs. 585-595.
2. Gral.; Chile Asentamiento irregular de viviendas sin consentimiento del dueño del terreno.
3. V. captación

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