Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

tolerancia1

1. Eur. Valor común a la Unión Europea y a sus Estados miembros.
TUE, art. 2.
2. Can. En derecho canónico clásico, hábito moral, que constituye una obligación de quien está investido de autoridad, y que supone soportar el mal, en orden a facilitar la vida social y la paz de la Iglesia.
Es una reprobación del Decreto de Graciano, c. XXIII, q. 4, c. 15, fundada en la caritas o la benignitas. En las fuentes clásicas se designa también con expresiones como permissio comparativa, o con el término dissimulatio.

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