Diccionario panhispánico del español jurídico

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tiempo útil

Sublema de tiempo
Can. En derecho canónico, cómputo del tiempo en relación con los intereses del sujeto agente.
El tiempo útil se cuenta por días, de modo que los días que no son enteramente útiles no entran en el cómputo. «Por tiempo útil se entiende el que concierne a quien usa o reclama su derecho, de tal manera que no corre para quien ignora o no puede reclamar» (CIC, c. 201 § 2).