Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

tiempo de guerra

Sublema de tiempo
1. Pen. Período de tiempo que comienza con la declaración formal de guerra al ser decretada la movilización para una guerra inminente o con la ruptura generalizada de las hostilidades con potencia extranjera y termina en el momento en que cesen estas.
CPM 1985, art. 14.
2. Mil. Expresión clásica que tipifica la importancia de un delito o la competencia de los tribunales militares. La Constitución Española de 1978 la utiliza en plural («tiempos de guerra») en relación con la pena de muerte.
Serrano Alberca, José Manuel : Comentarios al Código Penal Militar, Madrid, Civitas, 1988, pág. 303.

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