- testamento militar
- Civ. Testamento que pueden otorgar, en tiempo de guerra, los militares en campaña, voluntarios, rehenes, prisioneros y demás individuos empleados en el Ejército, o que sigan a este, en presencia de dos testigos idóneos.En principio, este tipo de testamento se puede otorgar ante un oficial que tenga por lo menos la categoría de capitán. Si el testador estuviere enfermo o herido podrá otorgarlo ante el capellán o el facultativo que le asista. Si estuviere en destacamento, ante el que lo mande, aunque sea subalterno.
CC, art. 716.
Sublema de testamento