Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

teoría institucionalista del derecho

T. der. Concepción según la cual el derecho está formado, más que por un conjunto de normas, por un conjunto de instituciones, ya que las normas solo son comprensibles dentro de unidades orgánicas de las que forman parte.
Representantes conspicuos de esta posición son Maurice Hauriou, Santi Romano y Joaquín Ruiz Giménez. También, Carl Schmitt.