Proc. Teoría conforme a la cual es válido todo resultado probatorio que se hubiera producido de modo necesario e inexorable, sin necesidad de recurrir a otra anterior que sea considerada inválida. «La llamada doctrina del (fruto del árbol envenenado) admite una corrección a través de otra teoría, la del (descubrimiento inevitable). Es decir, cuando la experiencia indica que las circunstancias hubieran llevado necesariamente al mismo resultado, no es posible vincular causalmente la segunda prueba a la anterior, pues en tales casos faltará la llamada, en la terminología del Tribunal Constitucional, , que, en realidad presupone, en todos los casos, una conexión causal. Por lo tanto, allí donde la prueba se hubiera obtenido de todos modos, sin necesidad de recurrir a otra anterior, faltará la conexión de antijuricidad, es decir, la relación causal de la primera con la segunda» (STS, 2.ª, 21-V-2002, rec. 937/2001).