Diccionario panhispánico del español jurídico

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teoría de los elementos negativos del tipo

Pen. Teoría según la cual el auténtico tipo de injusto no es solo un indicio de injusto, sino que fundamenta el injusto o ilícito de un delito, ya que el tipo no solo contiene los elementos positivos que en principio y como indicio fundamentan la prohibición (tipo positivo o parte positiva del tipo, tipo estricto o en sentido estricto, para algunos tipo de prohibición o tipo prohibitivo), sino también la ausencia de causas de justificación, normalmente sobreentendida en la figura de la parte especial, pero a veces descrita expresamente como «sin la debida autorización» o fórmula similar (tipo negativo o parte negativa del tipo, tipo de permisión o permisivo); solo la conjunción de ambas partes da lugar al auténtico tipo de injusto, el tipo total o global de injusto o tipo en sentido amplio.
Esta teoría no solo concibe la relación entre tipo y antijuridicidad de modo distinto al tradicional y mayoritario (tipo indiciario), sino que, sobre todo, repercute en el tratamiento del error sobre causas de justificación por entender que el error sobre la concurrencia de los elementos o presupuestos de alguna de ellas es un error sobre la parte negativa del tipo y, por tanto, un error de tipo excluyente del dolo y no un error de prohibición.

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