Diccionario panhispánico del español jurídico

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tenuta

Civ. e Hist. Derecho que, según las leyes de Cataluña, tenía la viuda de poseer y hacer suyos los frutos de los bienes dejados por el marido hasta que se le haya satisfecho su dote y esponsalicio.
Decreto Legislativo 1/1984, de 19 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Compilación de Derecho Civil de Cataluña, art. 38.