- tentativa de delito
- 1. Pen.Principio de la ejecución del delito, directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado y, sin embargo, este no se produce por causas independientes de la voluntad del autor.2. Pen.; Bol., Chile y Guat.Situación que se produce cuando el culpable da principio a la ejecución del crimen o simple delito por hechos directos, pero faltan uno o más para su complemento.
Código Penal, de Chile , art. 7.º, inciso final.3. Can.Acción puesta por el sujeto con el objetivo de cometer un delito, pero que no se consuma por causas ajenas a su voluntad.El CIC regula la tentativa de delito en el c. 1328 § 1.
Referenciado desde
aberratio ictus, acto que objetivamente debería producir el resultado, conato, dar principio a la ejecución de un delito, delito consumado, delito de emprendimiento o delito de empresa, delito de peligro, delito frustrado, delito intentado, delito tentado, desistimiento voluntario, desvalor del hecho o desvalor del resultado, dolus generalis, falta1, fase externa del delito, forma imperfecta de ejecución del delito, frustración, grado de ejecución alcanzado, intento, iter criminis, peligro inherente al intento