Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

talla mínima de referencia a efectos de conservación

Adm. Talla de una especie acuática marina viva teniendo en cuenta la madurez establecida por la legislación de la Unión, por debajo de la cual se aplican restricciones o incentivos destinados a evitar la captura mediante la actividad pesquera.