Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

tacha de testigo

Proc. Alegación de la parte contraria a la que propone el testigo, por la que se pone de manifiesto al tribunal circunstancias del testigo que permitan restar, o incluso anular, la verosimilitud o credibilidad de su testimonio.
LEC, arts. 377-379. «El resultado de la tacha solo afecta a la valoración que en la sentencia se haga de la declaración del testigo, al igual que sucede con las circunstancias que el testigo haya reconocido al contestar a las preguntas del art. 367.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (que el epígrafe del precepto califica como “preguntas generales al testigo”)» (STS, 1.ª, 4-II-2015, rec. 657/2013).

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