Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sustitución vulgar

Civ. Nombramiento de uno o más herederos o legatarios que han de sustituir al heredero o legatario designado en primer lugar, para el supuesto hipotético de que este premuera al testador o no quiera o no pueda aceptar la herencia o legado.
CC, art. 774.

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