Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sustitución fideicomisaria de residuo

Civ. Sustitución fideicomisaria en la que el fiduciario no tiene la obligación de conservar la herencia, de modo que el fideicomisario únicamente adquiere lo que queda de la herencia en el patrimonio del fiduciario.
CC, art. 781.