Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

suspensión de la ejecución de actos administrativos

Adm. Ruptura del principio general de eficacia de los actos administrativos consagrado en nuestro ordenamiento jurídico, bien por decisión de la propia administración autora de los mismos, bien por decisión de los jueces y tribunales de lo contencioso-administrativo ante los que se haya impugnado el acto, cuando consideran que la ejecución inmediata puede perjudicar indebidamente los derechos e intereses en juego o producir situaciones irreversibles que implican una afectación del periculum in mora.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, arts. 108 y 117.

Referenciado desde