Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

suspensión de comunicación penitenciaria

Pen. Interrupción de una comunicación de un interno en instituciones penitenciarias con determinados profesionales o con personas de su entorno social o familiar, o interrupción de la ya iniciada, que se decide en virtud de resolución administrativa.
LOGP, art. 51.5 ; RP, arts. 41-49.