Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

surtir

Gral. Producir efectos.
«Dispone dicha norma, en su artículo 2, que “Dejarán de surtir efectos jurídicos aquellas previsiones de la Real Carta de Concesión del título que excluyan a la mujer de los llamamientos» (STS, 1.ª, 16-I-2012, rec. 1413/2008).