Diccionario panhispánico del español jurídico

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sumario

1. Proc. Conjunto de actuaciones judiciales dirigidas a la investigación de los delitos castigados con pena, entre otras, de prisión superior a los nueve años, así como sus posibles responsables.
LECrim, art. 299 ; LPM, arts. 129-140 y 146-273. «Por el contrario, las diligencias sumariales son actos de investigación encaminados a la averiguación del delito e identificación del delincuente (LECrim, art. 299) que no constituyen en sí mismas pruebas de cargo, pues su finalidad específica no es la fijación definitiva de los hechos, para que estos trasciendan a la resolución judicial, sino la de preparar el juicio oral, proporcionando a tales efectos los elementos necesarios para la acusación y defensa y para la dirección del debate contradictorio atribuido al juzgador» (STS, 2.ª, 17-XII-08, rec. 10 262/2008).
2. Proc. Proceso que sirve para decidir sobre ciertos asuntos con limitación de los medios de alegación y prueba, por lo que el tribunal obtiene un conocimiento restringido sobre el mismo y dicta una resolución no dotada del efecto de cosa juzgada material.
«Las pruebas documentales y lo que caracteriza a la oposición por defectos procesales a una ejecución de títulos no judiciales es precisamente su sumariedad y limitación de conocimiento y medios de prueba» (STS, 1.ª, 24-XI-2014, rec. 2962/2012).
3. Parl.; Nic. Resumen de los puntos tratados en una sesión plenaria de carácter informativo, puesto a disposición de diputados y diputadas en el sitio web de la Asamblea Nacional.
Ley n.º 606, Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, con sus reformas incorporadas (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 115 del 18 de junio de 2018), art. 8.

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