Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sucesor de personas físicas

Sublema de sucesor
Fin. Heredero o legatario en quien recae, tras la muerte del obligado tributario, la transmisión de sus obligaciones, sin perjuicio de lo que establece la legislación civil en cuanto a la adquisición de la herencia.
LGT, art. 39.