Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sucesión de empresa

Lab. Cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma.
No extingue por sí misma la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de seguridad social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente. TRET, art. 44. Código del Trabajo, de Chile, art. 4.