Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

socorros públicos

1. Adm. Expresión utilizada durante la Revolución francesa, alusiva a los servicios que deben prestarse por los poderes públicos en materia de atención a niños abandonados, enfermos pobres y otro tipo de prestaciones asistenciales.
2. Adm. Prestaciones de carácter asistencial que asume como responsabilidad la Administración pública a partir de la Revolución francesa.
«Los socorros públicos son una deuda sagrada. La sociedad debe asegurar la subsistencia a los ciudadanos desgraciados, proporcionándoles trabajo o garantizando los medios de existencia a los que están incapacitados para trabajar» (Declaración de Derechos de 24 de junio de 1793, art. 21).