Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sociedad civil

Sublema de sociedad
Civ. Contrato por el cual dos o más personas se obligan a aportar dinero, bienes o trabajo para la consecución de un fin común a todos ellos, de índole lucrativa, pero distinto al ejercicio de una actividad empresarial, sin adoptar regularmente ninguna forma mercantil típica.
CC, art. 1665.

Sublemas