Diccionario panhispánico del español jurídico

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situaciones excepcionales

1. Adm. Denominación que reciben en las leyes las sequías extraordinarias, sobreexplotación grave de acuíferos (masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico en la terminología actual) o similares estados de necesidad, urgencia o concurrencia de situaciones anómalas o excepcionales.
En esos supuestos, el Gobierno, mediante decreto, oído el organismo de cuenca, podrá adoptar las medidas que sean precisas en relación con la utilización del dominio público hidráulico, aun cuando haya sido objeto de concesión, gozando las medidas adoptadas de la declaración de utilidad pública. TRLA, art. 58.
2. Const. y Mil.; Cuba Denominación que, con base en una agresión militar o ante la inminencia de ella, u otras circunstancias que afecten a la defensa y seguridad nacional, engloba diversos marcos legales como son el Estado de Guerra, la Movilización General y el Estado de emergencia.
Durante las situaciones excepcionales y de Desastre, el país es dirigido por el Consejo de Defensa Nacional. Constitución de la República de Cuba, art. 222. Ley 75, de la Defensa Nacional, art. 9.

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