Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sistema informático

Pen. Dispositivo aislado o conjunto de dispositivos interconectados o relacionados entre sí, cuya función, o la de alguno de sus elementos, sea el tratamiento automatizado de datos en ejecución de un programa (Convenio sobre Cibercriminalidad del Consejo de Europa, suscrito en Budapest el 23 de noviembre de 2001).
CP, art. 264.