Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servidumbre de vistas

Sublema de servidumbre
Civ. Prohibición legal de abrir ventanas con vistas rectas, balcones u otros voladizos semejantes, sobre la finca del vecino, si no hay dos metros de distancia entre la pared en que se construyan y dicha propiedad.
Tampoco pueden tenerse vistas de costado u oblicuas sobre la misma propiedad, si no hay 60 centímetros de distancia. Las distancias referidas se cuentan en las vistas rectas desde la línea exterior de la pared en los huecos en que no haya voladizos, desde la línea de estos donde los haya, y para las oblicuas desde la línea de separación de las dos propiedades. CC, arts. 582-585.

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