- servidumbre de parada o servidumbre de partidor
- Civ. Derecho que asiste al que para dar riego a su heredad o mejorarla necesite construir parada o partidor en el cauce por donde haya de recibir el agua, y que consiste en poder exigir que los dueños de las márgenes permitan su construcción, previo abono de daños y perjuicios, incluso los que se originen de la nueva servidumbre a dichos dueños y a los demás regantes.
Sublema de servidumbre