Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servidumbre de desagüe de edificios

Sublema de servidumbre
Civ. Servidumbre legal por la que el propietario de un edificio está obligado a construir sus tejados o cubierta de manera que las aguas pluviales caigan sobre su propio suelo o sobre la calle o sitio público, y no sobre el suelo del vecino.
Aun cayendo sobre el propio suelo, el propietario está obligado a recoger las aguas de modo que no causen perjuicio al predio contiguo. CC, art. 586.