Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servicio público esencial

1. Adm. y Const. Concepto utilizado por el artículo 128.2 de la CE para referirse a los servicios públicos sobre los que el Estado puede establecer una reserva de titularidad o de gestión, o ambas.
Una primera interpretación del concepto en la STC 26/1981, de 17-VII.
2. Lab.; Arg. Trabajo cuya interrupción es susceptible de poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de toda o parte de la población.

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