Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servicio de comunicación audiovisual de cobertura estatal

Adm. Servicio de comunicación audiovisual cuya reserva para la gestión directa haya sido acordada por el Estado, cuya licencia haya sido otorgada por el Estado, o que se presta para el público de más de una comunidad autónoma.
No será considerado de cobertura estatal en los supuestos de desbordamientos naturales de la señal en la emisión para el territorio en el cual se ha habilitado la prestación del servicio.