Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

separación entre órganos unipersonales o ejecutivos y colegiados o consultivos

Adm. Medida de organización que se lleva a cabo durante los años posteriores a la Revolución francesa y que sirve de base para las reorganizaciones administrativas en todos los países europeos continentales: las funciones activas o ejecutivas se ejercerán únicamente por órganos individuales o monocráticos desplazando a los colegiados a funciones de deliberación y consejo.