Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sentencia interlocutoria

Sublema de sentencia
1. Can. y Proc. Sentencia que resuelve una cuestión incidental, .
CIC, c. 1607. «litisconsorcio que en una elaboración de la tarea jurisprudencial, es una auténtica excepción perentoria, cuya admisión concluye en una Sentencia interlocutoria con absolución en la instancia y con el litigio material imprejuzgado, y que obedece a que por las características de la acción ejercitada o por el objeto sobre el que recae, de la misma resultan varias personas implicadas de tal forma que de no estar presentes todas en el proceso, se correría con el riesgo de incurrir en posibles fallos contradictorios en su día…» (STS, 1.ª, de 8-VII-1999, rec. 1996/1994). Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de Argentina, art. 161.

Civil and Commercial Procedure Code of the Nation

.
2. Proc.; Arg. y R. Dom. Sentencia que un tribunal pronuncia en el curso de un pleito, antes de establecer derecho, ordenando prueba, verificación o trámite de sustanciación que prejuzgue el fondo.
Código de Procedimiento Civil, de la República Dominicana, art. 452. Código procesal Civil y Comercial de la Nación, de Argentina, art. 161.

Civil and Commercial Procedural Code of the Nation

.
3. Proc.; Ur. Providencia que resuelve cuestiones procesales que afectan los derechos de las partes o la validez del procedimiento y que no se resuelven en sentencia.
4. Lab.; Chile Sentencia que falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, o resuelve sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria.
Código de Procedimiento Civil, art. 158.

Referenciado desde